Políticas sistema de gestión

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

Empresa dedicada al transporte terrestre especial de pasajeros, establece la presente Política General y Especiales aplicables para el Tratamiento y Protección de Datos Personales en la organización, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y sus Decretos Reglamentarios. 

 

  1. IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE

 

La sociedad comercial se constituye como una sociedad, cuyo objeto social consiste en la explotación de la industria del transporte terrestre automotor, en el radio de acción urbano, departamental, nacional, interdepartamental, en las modalidades de transporte de estudiantes, transporte empresarial, transporte de turistas, transporte de grupo específico de usuarios (particulares) y transporte de usuarios del servicio de salud.

 

DIRECCIÓN FÍSICA: Calle 14 #57-12 Bogotá D.C.

PÁGINA WEB: https://gruposantorini.com/

TELÉFONO: +57 321 2287205

 

  1. OBJETIVO

 

La presente Política establece las directrices generales para la protección y el tratamiento de datos personales al interior, permitiendo de esta manera fortalecer el nivel de confianza entre responsable y Titulares con relación al tratamiento de su información; Informar a los Titulares de las finalidades y transferencias a que son sometidos sus datos personales y los mecanismos y formas para el ejercicio de sus derechos.

 

  1. ALCANCE

 

Esta Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales será aplicada a todas las bases de datos y/o archivos que incluyan datos personales que sean objeto de tratamiento por parte de la empresa como responsable del tratamiento de datos personales.

 

  1. DEFINICIONES

 

  1. Habeas Data: Derecho que tiene toda persona de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bancos de datos de naturaleza pública o privada.
  2. Datos personales: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
  3. Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.
  4. Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
  5. Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el tratamiento de datos personales.
  6. Aviso de privacidad: Es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato conocido o por conocer, que es puesto a disposición del Titular con el fin de informar sobre el tratamiento de sus datos personales.
  7. Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento
  8. Causahabiente: Persona que por sucesión o transmisión adquiere los derechos de otra persona.
  9. Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el tratamiento de los datos.
  10. Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del tratamiento.

 

  1. PRINCIPIOS RECTORES APLICABLES EN MATERIA DE DATOS PERSONALES

 

En materia de protección de datos personales se aplicarán los siguientes principios rectores:

 

  1. Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El tratamiento a que se refiere la Ley de Habeas Data es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen.
  2. Principio de finalidad: El tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la ley, la cual debe ser informada al Titular.
  3. Principio de libertad: El tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
  4. Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.
  5. Principio de transparencia: En el tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del responsable del tratamiento o del Encargado del tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le concierne.
  6. Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley y la Constitución. En este sentido, el tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la ley.
  7. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o terceros autorizados conforme a la ley.
  8. Principio de seguridad: La información sujeta a tratamiento por el Responsable del tratamiento o Encargado del tratamiento a que se refiere la Ley de Habeas Data, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  9. Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley y en los términos de la misma.

 

  1. DERECHOS DE LOS TITULARES

 

Los Titulares de datos personales gozarán de los siguientes derechos, y de aquellos que les otorgue la ley:

 

  1. Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente al Responsable del tratamiento o Encargados del tratamiento. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado;
  2. Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúa como requisito para el tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la ley;
  3. Ser informado por el Responsable del tratamiento o el Encargado del tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que les ha dado a sus datos personales;
  4. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen;
  5. Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a la ley y a la Constitución;
  6. Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.

 

 

 

  1. AUTORIZACIÓN DEL TITULAR DE DATOS PERSONALES

 

Sin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, por regla general en el tratamiento de datos de carácter personal, recolecta la autorización previa e informada del Titular, la cual podrá ser obtenida por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior.

 

7.1        Eventos en los cuales no es necesaria la autorización

 

La autorización del Titular no será necesaria cuando se trate de:

 

  1. Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;
  2. Datos de naturaleza pública;
  3. Casos de urgencia médica o sanitaria;
  4. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos;
  5. Datos relacionados con el Registro Civil de las Personas.

 

  1. DEBERES COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

Como Responsable del tratamiento de datos personales, cumplirá los siguientes deberes:

 

  1. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.
  2. Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.
  3. Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
  4. Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  5. Garantizar que la información que se suministre al Encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
  6. Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.
  7. Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del tratamiento.
  8. Suministrar al Encargado del tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley.
  9. Exigir al Encargado del tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.
  10. Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
  11. Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos.
  12. Informar al Encargado del tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.
  13. Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.
  14. Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
  15. Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

  1. POLÍTICAS ESPECÍFICAS PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.

 

9.1        Tratamiento de datos personales de Empleados

 

Recolecta los datos personales de sus Trabajadores los cuales son calificados por la compañía como de reserva, y solo serán revelados por la compañía con la expresa autorización del titular o cuando una Autoridad Competente lo solicite. 

 

Las finalidades para las cuales son utilizados los datos personales de los empleados de la compañía serán:

 

  1. Dar cumplimiento a las obligaciones que impone la ley laboral colombiana a los empleadores, o bien las órdenes que impartan las autoridades colombianas competentes;
  2. Emitir certificaciones relativas a la relación del titular del dato con la compañía.
  3. Cumplir con las obligaciones impuestas a la compañía como empleador, en relación con las normas de Seguridad y Salud Ocupacional, y el denominado Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
  4. Gestionar las funciones desarrolladas por los trabajadores.
  5. Consultar memorandos o llamados de atención.
  6. Desarrollar y aplicar el proceso disciplinario.
  7. Contactar a familiares en casos de emergencia.

 

Almacena los datos personales de sus empleados, incluidos los que hayan sido obtenidos en desarrollo del proceso de selección, y los conserva en una carpeta identificada con el nombre de cada uno de ellos.

 

A tal carpeta solo tendrá acceso y será tratada por el Área de Recursos Humanos, con la finalidad de administrar la relación contractual entre la empresa y el empleado.

 

Trata datos sensibles de sus trabajadores como la huella dactilar con la única finalidad de controlar el horario de ingreso a las instalaciones de la compañía y proporcionar ambientes de trabajo seguros. Para los efectos de este tratamiento se recolecta la respectiva autorización que en todo caso será expresa y facultativa, indicando claramente los datos sensibles objeto de tratamiento y la finalidad del mismo.

 

Así mismo, contará con elevados sistemas de seguridad para el manejo de aquellos datos sensibles y su reserva, en el entendido que tales datos sensibles sólo serán usados por la empresa, para los fines antes mencionados.

 

Terminada la relación laboral, se  procederá a almacenar todos los datos personales que haya obtenido del proceso de selección y la documentación generada en desarrollo de la relación laboral, en un archivo central con acceso restringido, sometiendo en todo momento la información a medidas y niveles de seguridad adecuados, dado que la información laboral pueda contener datos de carácter sensible.

 

En todo caso, la información no será objeto de tratamiento por un período superior a veinte (20) años contados a partir de la terminación de la relación laboral, o de acuerdo a las circunstancias legales o contractuales que hagan necesario el manejo de la información.

 

9.2        TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DE LOS CLIENTES

 Recolecta los datos personales de sus clientes y proveedores y los almacena en una base de datos la cual es calificada por la compañía como de reserva, y que solo será revelada por la compañía con la expresa autorización del titular o cuando una Autoridad Competente lo solicite.

 

Las finalidades para las cuales son utilizados los datos personales de los clientes de la empresa, serán:

 

  1. Permitir el ejercicio de los deberes y derechos derivados de la calidad de cliente;
  2. Enviar invitaciones a eventos programados por la compañía y en general contactar al cliente;
  3. Emitir certificaciones relativas a la relación del titular del dato con La compañía;
  4. Las demás establecidas específicamente en las autorizaciones que sean otorgadas por los clientes.

 

En todo caso, la información no será objeto de tratamiento por un período superior al tiempo que la persona esté vinculado a la compañía por cualquier modalidad, y el tiempo adicional que se requiera de acuerdo con las circunstancias legales o contractuales que hagan necesario el manejo de la información.

 

Finalmente, el acceso a tal información personal se realizará conforme a lo establecido en el Código de Comercio y demás normas que regulan la materia.

 

9.3        Tratamiento de datos personales de Proveedores

 

Recolecta los datos personales de sus Proveedores y los almacena en una base de datos la cual, aunque se compone en su mayoría de datos públicos, es calificada por la compañía como de reserva, y que en el caso de datos privados, solo los revelará por la compañía con la expresa autorización del titular o cuando una Autoridad Competente lo solicite. 

 

Las finalidades para las cuales son utilizados los datos personales de los Proveedores de la emrpesa serán:

 

  1. Envío de invitaciones a contratar y realización de gestiones para las etapas precontractual, contractual y poscontractual.
  2. Envío de invitaciones a eventos programados por la Compañía o sus vinculadas.
  3. Las demás establecidas específicamente en las autorizaciones que sean otorgadas por los propios proveedores.

 

Solo recaudará de sus proveedores los datos que sean necesarios, pertinentes y no excesivos para la finalidad de selección, evaluación y ejecución del contrato a que haya lugar.

La recolección de los datos personales de empleados de los proveedores por parte de la empresa, tendrá en todo caso como finalidad verificar la idoneidad y competencia de los empleados; es decir, una vez verificado este requisito, devolverá tal información al Proveedor, salvo cuando se autorice expresamente su conservación.

 

En todo caso, la información no será objeto de tratamiento por un período superior al tiempo que dure la relación del Proveedor con la compañía, y el tiempo adicional que se requiera de acuerdo con las circunstancias legales o contractuales que hagan necesario el manejo de la información.

 

9.4        Tratamiento de datos personales de Registro de Videovigilancia

 

Recolecta datos biométricos de sus trabajadores y visitantes a través de sus Cámaras de Vigilancia y los almacena en una base de datos la cual es calificada por la compañía como de reserva, y solo será revelada con la expresa autorización del titular o cuando una Autoridad Competente lo solicite. 

 

Las finalidades para las cuales son utilizados los datos personales contenidos en las Cámaras de Vigilancia serán:

 

  1. Garantizar la seguridad en los ambientes laborales.
  2. Permitir ambientes de trabajo adecuados para el desarrollo seguro de actividades laborales de la compañía.
  3. Controlar el ingreso, permanencia y salida de empleados y contratistas en las instalaciones de la compañía.

 

Para cumplir con el deber de información que le corresponde a la empresa, como administrador de datos personales, la compañía implementará Avisos de Privacidad en las zonas en donde se realice la captura de imágenes que impliquen tratamiento de datos personales.

En todo caso, la información no será objeto de tratamiento por un período superior a treinta (30) días contados a partir de su recolección de acuerdo con las circunstancias legales o contractuales que hacen necesario el manejo de la información.

 

 

  1. DATOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

 

Se realiza el tratamiento de datos personales de menores de Edad, por este motivo mantenemos especial cuidado frente a las medidas que se hagan necesarias para resguardar y garantizará en todo tiempo, el respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En todo caso, recolecta cuando corresponda la respectiva autorización para su tratamiento, teniendo siempre de presente el interés superior del menor y el respeto a sus derechos.

 

Por otro lado, la compañía recolecta y trata los datos personales de los hijos menores de edad de sus trabajadores, con la única finalidad de cumplir con las obligaciones que impone la ley a los empleadores en relación con las afiliaciones a sistema de seguridad social y parafiscales, y en particular para permitir el disfrute de los derechos fundamentales de los niños a la salud y a la recreación.

En todo caso, se recolecta cuando corresponda la respectiva autorización para su tratamiento, teniendo siempre de presente el interés superior del menor y el respeto de los derechos prevalentes de los niños, niñas y adolescentes.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE CONSULTAS, RECLAMOS Y PETICIONES, Y MECANISMOS PARA EJERCER LOS DERECHOS DE LOS TITULARES

 

El Titular, sus causahabientes, su representante y/o apoderado, o quien se determine por estipulación a favor de otro; podrá hacer ejercicio de sus derechos contactando con nosotros a través de comunicación escrita dirigida al área encargada de la protección de datos personales en la compañía. La comunicación podrá ser enviada al siguiente correo electrónico atencionalcliente@gruposantorini.com a través de comunicación escrita radicada en la Calle 14 #57-12 en la ciudad de Bogotá.

 

11.1.    Consultas

 

Se podrá consultar la información personal del Titular que repose en las bases de datos y la compañía se encargará de suministrar toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del solicitante.

 

La consulta una vez recibida por la compañía, será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma.

 

Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la nueva fecha en que se atenderá tal consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

11.2     Reclamos

 

Cuando se considere que la información contenida en una base de datos, debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando se advierta el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la Ley de Habeas Data, se podrán presentar reclamación ante la empresa, la cual será tramitada bajo las siguientes reglas:

 

  1. El reclamo se formulará mediante comunicación escrita dirigida a la empresa, con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer.

 

  1. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.

 

  1. En caso de que se reciba un Reclamo del cual no sea competente para resolverlo, la compañía dará traslado a quien efectivamente corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará al Titular.

 

  1. Una vez recibido el reclamo completo, la compañía incluirá en la respectiva base de datos una leyenda que diga «reclamo en trámite» y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. La compañía conservará, dicha leyenda en el dato objeto de discusión hasta que el reclamo sea decidido.

 

  1. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, la compañía informará al Titular los motivos de la demora y la nueva fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

11.3.    Requisito de procedibilidad

 

  1. El Titular, sus causahabientes, su representante y/o apoderado, o quien se determine por estipulación a favor de otro; sólo podrá presentar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio por el ejercicio de sus derechos una vez haya agotado el trámite de Consulta o Reclamo directamente ante la compañía.

 

11.4     Petición de actualización y/o rectificación

 

Rectificó y actualizará, a solicitud del titular, la información que sea inexacta o se encuentre incompleta, atendiendo al procedimiento y los términos antes señalados, para lo cual el Titular deberá allegar la solicitud según los canales dispuestos por la compañía, indicando la actualización y rectificación del dato y a su vez deberá aportar la documentación que soporte tal petición.

 

11.5     Revocatoria de la autorización y/o supresión del Dato

 

El Titular podrá revocar en cualquier momento el consentimiento o autorización dada para el tratamiento de sus datos personales, siempre y cuando no se encuentre un impedimento consagrado en una disposición legal o contractual.

 

Así también el Titular tiene derecho a solicitar en todo momento, la supresión o eliminación de sus datos personales cuando:

 

  1. Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la normatividad vigente.
  2. Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron obtenidos.
  3. Se haya cumplido el tiempo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron obtenidos.

 

Tal supresión implica la eliminación bien sea de manera total o parcial de la información personal, de acuerdo con lo solicitado por el titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados.

 

El derecho de cancelación no es absoluto y por lo tanto, podrá negar revocatoria de autorización o eliminación de los datos personales en los siguientes casos:

 

  1. El titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
  2. La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
  3. Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.

 

  1. MODIFICACIÓN DE LAS POLÍTICAS

 Se reserva el derecho de modificar la Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales en cualquier momento. Sin embargo, toda modificación será comunicada de forma oportuna a los titulares de los datos personales a través de los medios habituales de contacto con diez (10) días hábiles de antelación a su entrada en vigencia.

 

En el evento que un titular no esté de acuerdo con la nueva Política General o especial y con razones válidas que se constituyan en una justa causa para no continuar con la autorización para el tratamiento de datos personales, el Titular podrá solicitar a la compañía el retiro de su información a través de los canales indicados en el Capítulo 12. Sin embargo, los Titulares no podrán solicitar el retiro de sus datos personales cuando la compañía tenga un deber legal o contractual de tratar los datos.

 

 

  1. VIGENCIA

 La presente Política rige a partir del 11 de noviembre de 2025.

 

 

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL

Estamos comprometidos con la creación de un entorno de trabajo seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de acoso laboral. Reconocemos que el acoso laboral es una grave violación de los derechos fundamentales de las personas, y afecta negativamente el ambiente laboral, la productividad y el bienestar de nuestros colaboradores.

Esta política se encuentra motivada y fundamentada en la Ley 1010 de 2006, la cual define, previene, corrige y sanciona las diversas formas de acoso laboral, y la cual rige las relaciones de trabajo entre particulares, así como la Resolución 3461 de 2025, que reglamenta la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral.

Con esta política, reafirmamos nuestro compromiso de velar por el bienestar de todos nuestros colaboradores y de fomentar un ambiente de trabajo basado en el respeto mutuo, la integridad y la justicia. A partir de un procedimiento que establezca los mecanismos idóneos para la prevención del acoso laboral y la recepción, tratamiento y gestión de los presuntos casos de acoso laboral.

En cumplimiento de la normatividad vigente y alineados con los principios de respeto, igualdad y dignidad que orientan nuestras acciones, establecemos esta política interna con el objetivo de prevenir, corregir y sancionar las conductas de acoso laboral. Esta política no solo busca cumplir con las obligaciones legales, sino también fomentará una cultura de respeto y tolerancia cero frente al acoso laboral, asegurando un entorno de trabajo digno, seguro y conforme a la normativa vigente.

Realizará la modificación y actualización de la presente política conforme a la expedición de normativa que obligue a la modificación de esta política.

La presente política de acoso laboral rige a partir de la fecha de su publicación 04 de noviembre de 2025

 

 

POLÍTICA DE CERO TOLERANCIA AL CONSUMO DE ALCOHOL, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS Y TABACO

Estamos comprometidos con la protección de la vida, la integridad de nuestros trabajadores, contratistas, visitantes, clientes y la comunidad en general. Por ello, adoptamos la presente política, como parte integral del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), y el Sistema de Gestión de la Calidad basado en ISO 9001.

Declaración de Cero Tolerancia

Queda estrictamente prohibido para todos los trabajadores, conductores, contratistas y cualquier persona que represente a la organización:

  • Conducir vehículos bajo efectos de alcohol, sustancias psicoactivas o medicamentos que alteren la capacidad de reacción, juicio o desempeño seguro.
  • Consumir, portar o distribuir alcohol o SPA durante la jornada laboral, incluyendo tiempos de desplazamiento.
  • Presentarse al trabajo con síntomas o rastros de consumo de estas sustancias.

El incumplimiento de esta política conllevará la aplicación de medidas disciplinarias conforme al reglamento interno y a la legislación vigente.

Enfoque en la Gestión del Riesgo

La empresa implementa controles administrativos, educativos y operativos para eliminar o reducir riesgos asociados a la conducción bajo efectos de alcohol o SPA, tales como:

  • Evaluación y control de riesgos viales en rutas, vehículos y tareas de conducción.
  • Procedimientos documentados para desplazamientos seguros.
  • Mantenimiento preventivo de vehículos para minimizar fallas mecánicas.
  • Acciones correctivas y preventivas frente a desviaciones.

Controles Operativos y Preventivos

Para garantizar el cumplimiento de esta política, la organización podrá implementar:

  • Pruebas aleatorias y programadas de tamizaje de alcohol y SPA.
  • Verificación del estado psicofísico antes de actividades críticas.
  • Restricciones específicas para trabajadores que consumen medicamentos con efectos secundarios.
  • Protocolos de actuación ante sospecha de consumo.

Educación, Formación y Cultura Vial

Desarrollará actividades permanentes de capacitación y sensibilización, orientadas a:

  • Promover la responsabilidad vial y hábitos de conducción segura.
  • Informar sobre los riesgos físicos, legales y laborales asociados al consumo de alcohol, SPA y tabaco.
  • Fomentar estilos de vida y trabajo saludables.

Cumplimiento Legal y Normativo

Esta política se implementa conforme a:

  • Decreto 1072 de 2015 – Sistema de Gestión de SST.
  • Resolución 20223040040595 de 12 de julio de 2022
  • Requisitos aplicables del Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001 (control operacional, cumplimiento legal, enfoque preventivo).

Responsabilidades

Garantiza los recursos humanos, técnicos y financieros para dar cumplimiento a esta política.
Los trabajadores y contratistas deberán adherirse estrictamente a las normas, reportar condiciones inseguras y participar en los procesos de formación.

 

Esta política será socializada al personal en la inducción teórica y publicada a través de los diferentes medios de comunicación y difusión de la información de la entidad, iniciando la implementación del mismo a partir de la publicación de la misma.

 

El cumplimiento de estos lineamientos y de las reglas o normas que se deriven de ella son obligaciones de su vinculación laboral o contractual según corresponda y su incumplimiento podrá general falta grave que implica proceso disciplinario de acuerdo con el reglamento interno de trabajo. 

 

 

POLITICA DE PREVENCIÓN DEL ACOSO SEXUAL

 

Estamos comprometidos con un entorno de trabajo seguro, respetuoso y libre de cualquier forma de acoso sexual. Reconocemos que el acoso sexual no solo es una grave violación de los derechos fundamentales de las personas, sino que también afecta negativamente el ambiente laboral, la productividad y el bienestar de nuestros colaboradores. Esta política se encuentra motivada y fundamentada en el Código Sustantivo del trabajo, la Ley 1257 de 2008, la cual establece normas de sensibilización, prevención y sanción de las formas de violencia y discriminación contra las mujeres; en la Sentencia T-140 de 2021 de la Corte Constitucional, que reafirma la obligación de las empresas de garantizar un ambiente laboral libre de acoso;  en la Ley 2365 de 2024, que introduce nuevos lineamientos específicos sobre la prevención y atención del acoso sexual en el ámbito laboral y en la Resolución 3461 de 2025 del Ministerios del Trabajo.

Con esta política, reafirmamos nuestro compromiso de velar por el bienestar de todos nuestros colaboradores y de fomentar un ambiente de trabajo basado en el respeto mutuo, la integridad y la justicia. A partir de un de un procedimiento que establezca los mecanismos idóneos para la prevención del acoso laboral y la recepción, tratamiento y gestión de los presuntos casos de acoso sexual.

En cumplimiento de la normatividad vigente y alineados con los principios de respeto, igualdad y dignidad que orientan nuestras acciones, establecemos esta política interna con el objetivo de prevenir, proteger y atender de manera efectiva cualquier situación de acoso sexual en el ámbito laboral. Esta política no solo busca cumplir con las obligaciones legales, sino también promover una cultura organizacional que rechace categóricamente el acoso sexual en todas sus formas y garantice que todas las personas puedan desempeñar sus funciones en un entorno seguro y respetuoso.

 

La presente Política de Acoso Sexual rige a partir de la fecha de su publicación 04 de noviembre de 2025

 

 

POLÍTICA DE DESCONEXIÓN LABORAL

Reconocemos la importancia del derecho a la desconexión laboral como un elemento clave para promover la conciliación entre la vida personal, familiar y profesional de nuestros colaboradores. Este derecho permite disfrutar de períodos de descanso efectivo, contribuyendo a su bienestar físico, mental y emocional, así como a la construcción de un entorno laboral saludable y productivo.

 

Por lo tanto, la empresa se compromete a implementar las siguientes disposiciones para garantizar el derecho a la desconexión laboral, de conformidad con la Ley 2191 de 2022 y demás normatividad colombiana:

  • Los colaboradores tienen el derecho a no responder llamadas, mensajes, correos electrónicos ni cualquier otro tipo de comunicación relacionada con su trabajo fuera de su jornada laboral establecida.
  • Se prohíbe a los superiores jerárquicos exigir respuesta o acción alguna por parte de los trabajadores fuera del horario laboral.
  • Durante la jornada laboral, los colaboradores se comprometen a utilizar los medios tecnológicos y herramientas proporcionados por la empresa únicamente para el desarrollo de sus actividades laborales.
  • La empresa garantiza el derecho a la desconexión laboral durante los períodos de vacaciones, permisos, incapacidades, licencias o cualquier otra situación de ausencia laboral.

Se exceptúan de esta política los siguientes casos:

  • Causas de fuerza mayor: Situaciones excepcionales, graves o inminentes, que puedan generar un perjuicio significativo para la empresa y requieran una respuesta inmediata para garantizar la continuidad de la operación.

 

Invita a los colaboradores a reportar cualquier incumplimiento de esta política al Comité de Convivencia Laboral, que actuará como instancia de resolución. Este comité, en conjunto con las partes interesadas, establecerá actividades orientadas a:

  • Promover la sana convivencia y el bienestar laboral.
  • Generar conciencia colectiva sobre la importancia de respetar los tiempos de descanso.
  • Implementar prácticas que favorezcan el aprovechamiento adecuado del tiempo laboral y personal.

 

La Alta Dirección garantizará los recursos necesarios para la implementación y cumplimiento de esta política. Además, se revisará para actualizarla y adaptarla a nuevas disposiciones normativas y las necesidades de la organización.

 

La presente política de desconexión laboral rige a partir de la fecha de su publicación 20 de enero de 2026

 

 

 

POLÍTICA INTEGRAL

Empresa dedicada al transporte terrestre especial de pasajeros, establece la presente política compromiso de brindar servicios de alta calidad, satisfaciendo las necesidades de nuestros clientes, promoviendo la seguridad y salud de sus trabajadores, y la seguridad vial de todos los actores en la vía, teniendo en cuenta los riesgos y oportunidades de la organización, aplicando las medidas a todo el personal que realice labores para la organización

 

Estamos comprometidos con la mejora continua de nuestros procesos, el manejo seguro y adecuado de la información, y la transparencia en nuestras negociaciones.

 

La alta dirección respalda este compromiso, garantizando:

 

  • Asignar los recursos necesarios para la planificación, implementación, seguimiento, funcionamiento eficaz y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión (SIG).
  • Asegurar el cumplimiento de los requisitos normativos internos, legales, reglamentarios del cliente y de otra índole aplicables al Sistema de Gestión Integral y a todos los procesos de la organización.
  • Prevenir de incidentes, accidentes de trabajo, siniestros viales y enfermedades laborales mediante la identificación de peligros, amenazas, factores de riesgo vial, la valoración de riesgos e implementación de controles orientados en la eliminación o reducción de estos, estableciendo mecanismos de consulta, participación y comunicación con las partes interesadas pertinentes.
  • Generar control y mitigación de riesgos operacionales y los aplicables a Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP) por parte de los órganos de control administrativos determinados, oficial de cumplimiento, funcionarios, colaboradores y sujetos  que puedan comprometer la seguridad o conformidad de los servicios, clientes y otras partes interesadas para asegurar el cumplimiento de los reglamentos internos, buscando evitar, prevenir y reducir las consecuencias de eventos no deseados, y fomentar un cultura de gestión del riesgo LA/FT/FP en la organización, siempre respetando la dignidad y los derechos humanos, garantizando la continuidad del negocio ante posibles interrupciones.
  • Efectuar de forma periódica y oportuna en las entidades competentes los reportes UIAF
  • Garantizar la satisfacción del cliente mediante la prestación de servicios con altos estándares de calidad, enfocados en la mejora continua, el cumplimiento de los requisitos establecidos y la atención oportuna de sus necesidades y expectativas. 
  • Establecer condiciones de trabajo seguras y entornos saludables para prevenir lesiones y daños a la salud relacionados con las actividades de la organización.
  • Promover una cultura de seguridad vial en la organización, fomentando hábitos y comportamientos y conductas seguras que permitan identificar, evaluar y reducir los riesgos de siniestros viales y peligros viales, por medio del establecimiento de programas de riesgo crítico y factores de desempeño, con el fin de prevenir la ocurrencia de siniestros, reducir la siniestralidad y mitigar sus efectos en los actores viales, incluyendo los desplazamientos laborales y los trayectos in itinere de los trabajadores.

 

Esta política será revisada mínimo una vez al año y se encontrará disponible para las partes interesadas.

Las politicas anteriormente redactadas aplican para todas nuestras empresas de nuestro grupo:  SANTORINI TRANSPORTES ESPECIALES S.A.S y NEW CONFORT TRANSPORTES ESPECIALES S.A.S.